La concesión de ayudas del "Programa Agenda Formación" en el ámbito de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y la Sociedad de la Información, ponen en marcha iniciativas que dan prioridad a:
Proyectos destinados a la formación en excelencia de trabajadores que capacite al profesional TIC en conocimientos tecnológicos específicos de alta cualificación necesarios para llevar a cabo, de manera competitiva, el desempeño de su puesto de trabajo en los procesos y líneas de producción que utilizan las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Dirigidos a trabajadores de empresas ocupados en el momento de su comienzo y profesionales autónomos, y la finalidad de la ayuda será la financiación de la acción de formación de los alumnos. Los participantes no podrán ser empleados del beneficiario, ni de empresas vinculadas al mismo.
El resultado de la acción formativa será la obtención de conocimientos en TIC especializados de gran cualificación tecnológica. Adicionalmente, el resultado de la acción formativa será la obtención de certificados homologados que acrediten la capacitación del alumno. El porcentaje de certificados que se deberán obtener en cada acción formativa será establecido en la convocatoria.
Estos proyectos se considerarán proyectos de formación general, entendiendo por tal, de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), la formación que incluye una enseñanza que no es única o principalmente aplicable en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la empresa beneficiaria, sino que proporciona cualificaciones en su mayor parte transferibles a otras empresas o a otros ámbitos laborales.
Proyectos destinados a la formación de trabajadores de empresas para la adquisición de conocimientos TIC altamente especializados que actualmente no se encuentren cubiertos por el mercado de la formación, en materias incluidas en las medidas contempladas en la Agenda Digital para España.
Dirigidos a los empleados de las empresas solicitantes o de sus empresas vinculadas.
Los solicitantes deberán justificar la necesidad de formación en los conocimientos solicitados para mejorar o ampliar su cartera de productos y servicios, así como la dificultad de acceder a estos conocimientos en el territorio nacional.
También se incluyen en esta tipología los proyectos de formación para empresas que desarrollen proyectos de I+D+i financiados por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) en otras convocatorias, si el objeto de la acción es formar a los trabajadores de la empresa en la materia tecnológica relacionada con el proyecto de I+D+i para conseguir un mayor resultado e impacto del proyecto, una mejora de la competitividad de la empresa y un impulso de su posicionamiento en el mercado.
Estos proyectos se considerarán proyectos de formación específica, entendiendo por tal, de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, la formación que incluye una enseñanza teórica y práctica aplicable principal y directamente en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la empresa beneficiaria y que ofrece cualificaciones que no son transferibles, o sólo de forma restringida, a otras empresas o a otros ámbitos laborales.
Proyectos destinados a la formación de trabajadores de empresas del sector TIC, en conocimientos relacionados con el sector TIC en una determinada zona geográfica necesarios para poder comercializar los productos o servicios TIC en esa zona, incluidas acciones de acompañamiento, con el objeto de favorecer e incrementar la expansión internacional de sus empresas.
Dirigidos a los empleados de las empresas solicitantes o de sus empresas vinculadas.
Estos proyectos se considerarán proyectos de formación general, entendiendo por tal, de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, la formación que incluye una enseñanza que no es única o principalmente aplicable en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la empresa beneficiaria, sino que proporciona cualificaciones en su mayor parte transferibles a otras empresas o a otros ámbitos laborales.
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