Descripción General: Líneas de ayuda

Cada solicitud incluirá un proyecto tractor con uno o varios proyectos primarios enmarcados dentro de cada una de las líneas de ayuda y tipologías detalladas en los siguientes apartados, y dentro de cada línea, únicamente en una de sus tipologías.

  1. Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y su modificación:
    • Proyectos de investigación industrial
    • Proyectos de desarrollo experimental
    • Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental
  2. Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos, de conformidad con el artículo 29 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y su modificación:
    • Proyectos de innovación en materia de organización
    • Proyectos de innovación en materia de procesos
  3. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial, en línea con el artículo 36 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y su modificación:
    • Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador
    • Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales
  4. Inversiones en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador siempre que permitan a la instalación industrial lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en sus procesos de producción, de conformidad con el artículo 38 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y su modificación.
  5. Inversiones para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales de conformidad con el artículo 41 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y su modificación.
  6. Estudios medioambientales incluidas las auditorías energéticas, o la viabilidad técnica o económica asociada, directamente vinculados a las inversiones contempladas en las líneas de ayudas de los apartados anteriores c), d) y e) de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y su modificación.

Al menos uno de los proyectos primarios se encuadrará obligatoriamente en la línea de ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial, concretamente en la tipología de inversiones destinadas a la descarbonización industrial. El incumplimiento de esta condición dará lugar a la inadmisión de la solicitud.