Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
Estas entidades deberán demostrar una experiencia industrial mínima de tres años contados hasta la fecha de solicitud en las actividades o sectores a los que se dirija el proyecto. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad, o bien los accionistas o el equipo directivo, acreditan experiencia en producción industrial comparable en la actividad, o bien en planta piloto, o a escala experimental, desde al menos, un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
A efectos de esta convocatoria, se consideran como elegibles las siguientes actividades:
También se considerará como actividad elegible las instalaciones de cualquier sector de la industria manufacturera con una demanda de potencia térmica en todos sus procesos productivos superior a 20MW, independientemente de que la actividad de la instalación pertenezca o no al listado anterior.
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