Descripción general: Intensidad y cuantías

Las intensidades máximas de ayuda aplicables serán las establecidas en los artículos 5 (línea 1), 6 (línea 2) y 7 (línea3) de la Orden ITU/868/2025, de 6 de agosto. Con respecto a las cuantías máximas para cada proyecto o actuación, estas se establecen en la Orden de 26 de mayo.