La convocatoria de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva para dar apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas con el objetivo de mejorar la competitividad.
Las ayudas van dirigidas a colectivos empresariales que cumplan con los requisitos y tengan las características de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) establecidos en la Orden IET/1444/2014, de 30 de julio, por la que se regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
Estas ayudas se otorgan de conformidad con el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Tipo de ayuda: subvención en régimen de concurrencia competitiva.
Beneficiarios: Las Agrupaciones Empresariales Innovadoras que se encuentren inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria y Turismo, y para las actuaciones en colaboración, además de éstas, también los miembros inscritos de las mismas. Todos ellos deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Finalidad: Favorecer el fortalecimiento de los colectivos empresariales que reúnan las características, finalidades y requisitos de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI).
Tipos proyectos:
Línea 1. Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales InnovadorasPodrán optar a esta línea de ayudas para financiación de los costes de personal, gastos administrativos y de funcionamiento, las AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución.
Línea 2. Estudios de viabilidad técnica.Los estudios que se presenten a través de esta línea estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:
Los proyectos presentados en este epígrafe deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías:
Plazo de ejecución del proyecto: La fecha de inicio de la actuación no podrá ser anterior al día de presentación de la solicitud en el Registro Electrónico del Ministerio. El plazo de ejecución se fijará a nivel de Convocatoria.
Órgano Convocante: Ministerio de Industria y Turismo. Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Regiones de destino: España.
Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de 7 de julio en el «Boletín Oficial del Estado».
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