Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes de: Proyectos

¿Qué gastos puedo imputar en mi proyecto?

Se puede imputar los gastos recogidos en el artículo 10 de la Orden de bases, además, deben tener en cuentan que tienen que justificar los gastos reflejados en la resolución de concesión que son los que se indicaron en el cuestionario de la solicitud y la memoria.


¿La compra de datos e integración con terceros está cubierta por la subvención? y ¿Qué requisitos a cumplir en la compra de datos para su integración con la PID?

No es gasto financiable la compra de datos, pero si es gasto subvencionable tal y como se recoge en las bases c (art. 10.3 a) v.), la “consultoría para la adquisición, protección y comercio de Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual y acuerdos de licencias, consultoría sobre el empleo de normas, bancos de datos e investigación de mercados, internacionalización de las actividades.”

También el punto vi.:

"vi. Actuaciones que permitan la puesta a disposición de datos en formato abierto, así como su uso automatizado, para su integración, y/o interoperabilidad con otras plataformas públicas o privadas.”

La compra de datos privados no está cubierta, sino solo la integración de datos propios o de terceros.


¿Puedo imputar con cargo a la ayuda la creación de una web del proyecto y jornadas de difusión de este?

Estas dos acciones se pueden encuadrar dentro del punto D del artículo 10 de la Orden de Bases, Gastos de Comunicación y Difusión, en el que se indica que es obligatoria la realización de la difusión y publicidad de las actividades realizadas en el proyecto, resultados obtenidos y comercialización, en su caso, de los servicios y productos generados, dedicando, al menos, el 5 por ciento de los costes directos a estas acciones./

¿Se pueden imputar la compra de tablets y ordenadores al proyecto?

Tal y como se indica en el artículo 10 de la Orden de Bases apartado B punto iii Implantación de soluciones software, y los costes de adquisición de aparatos y equipos nuevos y su instalación siempre que se encuentren directamente relacionados con el proyecto subvencionable y su vida útil se agote durante el periodo de ejecución del mismo o el coste subvencionado sea proporcional al uso del software o equipo respecto del proyecto, no siendo subvencionables costes más allá de lo empleado necesariamente para el proyecto subvencionado.

Por lo que se podrían imputar las amortizaciones, calculadas sobre la vida del proyecto, de los aparatos y equipos adquiridos.


¿Es obligatorio realizar auditoría externa, y quién y cómo debe contratarse?

En el artículo 10 de la Orden de Bases Punto A ii. Se indica que también podrá ser financiable el gasto derivado de la revisión de cuenta justificativa por el auditor, en caso de que lo haya, hasta un límite de un 5 % del coste total subvencionable del proyecto.

Además, este informe puede realizarse por el interventor de la entidad local.


¿Cuándo y cómo debe ejecutarse las acciones para cumplir con la normativa?

Las actuaciones subvencionadas podrán realizarse desde la fecha presentación de la solicitud de la ayuda a la convocatoria y hasta el 30 de junio de 2026, y deberán ejecutarse en el tiempo y forma que se establezcan en las resoluciones de concesión, respetando siempre los límites fijados máximos para la ejecución de los proyectos.

El plazo de justificación de las actividades y gastos realizados será de tres meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución, es decir, deberán presentar la justificación antes del 30 de septiembre de 2026.

La justificación documental de la realización de las actuaciones financiadas se realizará según la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor.

¿Cómo se deben documentar los hitos y entregables?

Toda la documentación de justificación de la realización de las actividades de la inversión se deberá presentar por vía electrónica y con firma electrónica en la plataforma que se dispondrá a tal efecto. Se pondrán a disposición de los beneficiarios las guías justificativas y anexos que deban cumplimentar, además del link de acceso a la plataforma justificativa.

La presentación electrónica no exime a las entidades beneficiarias de conservar los originales de los justificantes de gasto y pago, informes de auditoría u otros, por si les fueran requeridos posteriormente por el órgano instructor y responsable del seguimiento o, al realizar las actividades de control legalmente previstas.

Se podrá requerir documentación justificativa complementaria para la justificación del gasto realizado.


¿Cuáles son las principales dificultades para justificar los gastos ante la administración?

Cada subvención tiene condiciones particulares sobre los tipos de gastos que son subvencionables. Es difícil identificar qué gastos pueden ser considerados elegibles, lo que puede generar confusión o error en la justificación.

Disponer de toda la documentación necesaria de forma ordenada y a tiempo. Incluye facturas, contratos, recibos, justificantes de pagos, etc. La falta de alguna de estas pruebas puede comprometer la justificación del gasto.

Si los gastos no están claramente identificados o se mezclan con otros no subvencionables, la administración puede no aceptarlos. Por ejemplo, un gasto que incluya varios conceptos y no esté detallado puede ser rechazado

Si el beneficiario ha subcontratado parte o la totalidad de la actividad subvencionada, justificar estos gastos puede ser más complicado, ya que se deben presentar contratos, facturas y pruebas de los pagos realizados a los subcontratistas, además de cumplir con las normativas sobre subcontratación en el marco de la subvención.


¿Qué ocurre si un destino no ejecuta a tiempo las acciones planificadas?

El incumplimiento total de los fines para los que se concedió la ayuda, de la realización de los gastos financiables, o de la obligación de justificación, dará lugar al reintegro del pago anticipado más los intereses de demora desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde el reintegro.

El incumplimiento parcial de los fines para los que se concedió la ayuda, de la realización de la inversión financiable, o de la obligación de justificación, dará lugar al reintegro del pago anticipado más los intereses de demora, en el porcentaje correspondiente a la inversión no efectuada o no justificada.

Se considerará incumplimiento total el equivalente a un porcentaje inferior al 60 por 100 de realización de la inversión financiable, y cumplimiento aproximado de modo significativo al total el equivalente a un 60 por 100 o superior. A efectos de calcular el anterior porcentaje, se entiende como inversión no realizada la que no esté acreditada documentalmente, la que acredite conceptos no financiables, la que no respete el desglose de partidas de la orden de concesión, y la no facturada y/o pagada.

¿Qué sucede si los retrasos son ajenos al destino (ej. PID o PIA)?

Tal y como se indica en la primera pregunta, podría solicitarse una modificación de condiciones, en este caso referida a una ampliación del plazo de ejecución, si se acredita que el retraso se debe a causas ajenas a su control. Esta solicitud debe realizarse formalmente, con la debida justificación de las circunstancias que han causado el retraso y tal y como se indica en la segunda pregunta, será el órgano instructor quien apruebe o deniegue esta modificación.

  • La OEG indica desde junio de 2025 estarán en funcionamiento los servicios comunes de la PID necesarios para la integración de los destinos en la plataforma.
¿Cuándo se cobrará la ayuda?

A partir de la notificación de la resolución definitiva.


¿Cuál es la intensidad y cuantías máximas de las ayudas?

De acuerdo con el artículo 32 de la Orden de Bases, el presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende 96.346.110,56 euros, repartidos de la siguiente forma:

  1. Modalidad de subvención A: en Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares, con una dotación de 38.173.055,28 euros.
  2. Modalidad de subvención B: resto de entidades locales, con una dotación de 58.173.055,28 euros.

La distribución de la totalidad de estos fondos deberá entenderse estimativa, puesto que han de considerarse en conjunto y, el reparto definitivo, subordinado a las solicitudes efectivamente recibidas, de modo que, si el crédito de alguna de las modalidades A o B no fuera comprometido por falta de solicitudes, se podrá incrementar, previo procedimiento oportuno, otra modalidad en la que un mayor número de peticiones exigiera un importe superior para hacer frente al abono de las mismas.

Según el artículo 36, la intensidad máxima de la ayuda será hasta el 100 % del presupuesto total del proyecto con el importe máximo establecido en este artículo. El proyecto máximo financiable por proyecto será de 6.000.000 de euros.

¿Qué tipos de proyectos son objeto de esta convocatoria?

La finalidad de estas ayudas es financiar a los destinos para el desarrollo, implantación o ampliación de plataformas inteligentes de destino que doten de interoperabilidad a su oferta de servicios públicos y privados y permitan su interconexión con el nodo central de la Plataforma Inteligente de Destino (PID), cubriendo con los desarrollos tecnológicos los retos que se hayan identificado en el destino, alineados con su estrategia turística de modelo de Destino Turístico Inteligente.

De este modo, algunos proyectos que se pueden desarrollar en la convocatoria son:

  1. Desarrollo, implantación o ampliación de plataformas inteligentes de destinos.
  2. Adaptaciones necesarias de las plataformas y soluciones tecnológicas del destino para permitir la interoperabilidad y el intercambio de información con el nodo central de la PID.
  3. Adopción de aquellos módulos comunes del nodo central de la PID que sean de interés para los destinos y la adaptación de sus soluciones tecnológicas para permitirlo.
  4. Desarrollo de nuevos módulos funcionales, integrados con la plataforma del destino y con el nodo central de la PID.

En el caso de desarrollo de nuevos módulos funcionales, se pueden contemplar algunos de los propuestos en los módulos opcionales y en los módulos especializados de la Plataforma Inteligente de Destino (PID), o bien proponer otros módulos que respondan a necesidades específicas de los destinos, siempre que éstos se encuentren alineados con los objetivos de la PID, así como con los objetivos del Componente 14.

 


¿Se pueden presentar otros proyectos de digitalización del destino en los que no estén incluidos los módulos comunes, opcionales o especializados de la PID?

Sí. Las funcionalidades a incluir en el proyecto pueden no incluir la adopción de los módulos comunes del nodo central de la PID y/o el desarrollo de módulos complementarios o especializados.

Se pueden financiar aquellas otras funcionalidades que se consideren necesarias para abordar la digitalización del destino, siempre que estén alineadas con los objetivos de la Plataforma Inteligente de Destinos (PID) y el Componente 14 (véase artículo 5.3 de la Orden de Bases).

¿Qué se consideran módulos comunes?

Son los servicios comunes que se ponen a disposición de todos los destinos turísticos a través del nodo central de la Plataforma Inteligente de Destinos.

Los destinos que deseen utilizar los módulos comunes del nodo central de la PID podrán solicitar financiación para adecuar/conectar/interoperar los sistemas de que ya disponga el destino a estos módulos comunes. También podrá financiarse la digitalización de los activos necesarios, tales como textos, librerías de imágenes, audios, vídeos, etc.

Clasificacion de módulos comunes por beneficiarios

Se puede encontrar más información sobre los módulos comunes de la PID en el siguiente enlace:

Resumen servicios comunes

¿Cómo se integrarán los módulos comunes?

Los servicios comunes que se desarrollarán en el nodo central de la PID no requerirán implantación o despliegue. El acceso a dichos módulos comunes puede darse de dos maneras, que pueden ser concurrentes:

  • A través de las interfaces de usuario de los distintos servicios comunes, actuando el nodo central de la PID como un proveedor de servicios SaaS, que no requerirá ningún tipo de instalación específica en el propio destino.
  • A través de los mecanismos habilitados para interoperar, que podrán ser API o cualquier otro tipo de mecanismo que permita a los destinos acceder a la funcionalidad de los servicios comunes de manera programática.
    • Es importante tener en cuenta que los destinos y empresas que quieran utilizar los mecanismos de interoperabilidad del nodo central de la PID para acceder a los servicios comunes, deberán realizar los desarrollos y adaptaciones necesarias en sus sistemas, ajustando el alcance de dichos trabajos tanto a la dimensión técnica, utilizando los mecanismos que se habiliten por el nodo central de la PID, como semántica, conforme al Modelo Conceptual de Referencia para el desarrollo de una Red de Ontologías del Sector Turístico.

¿Cuándo estarán operativos los módulos comunes?

La fecha de puesta en operación de cada uno de los servicios comunes no se puede determinar en estos momentos, si bien la fecha de puesta en operación de la PID se prevé en junio de 2025, y los trabajos van a ir en paralelo a los proyectos desarrollados por los beneficiarios de la convocatoria de ayudas citada.

¿El uso de los módulos comunes de la PID tendrá algún tipo de coste asociado?

En principio el uso de los módulos comunes será gratuito. SEGITTUR está desarrollando un modelo de sostenibilidad económica para la PID, que incluirá a los módulos comunes, y en el que se barajan varios escenarios de cara a futuro, en los que se intentará que el impacto para los destinos sea el menor posible.

¿Qué se consideran módulos de referencia opcionales?

Son módulos que no se incluyen en el módulo central de la PID y que los destinos podrán desarrollar a través de las ayudas a la digitalización para dar respuesta a sus necesidades. Desde SEGITTUR se han identificado posibles módulos opcionales que podrían ser útiles en una estrategia de digitalización del destino, y que se muestran en la siguiente tabla, agrupados en diferentes ámbitos.

Clasificacion de módulos opcionales por categorías

Clasificación de módulos opcionales por categorías

Clasificación de módulos opcionales por categorías

Clasificación de módulos opcionales por categorías

SEGITTUR no proporciona en su documentación de referencia de la PID detalle de estos servicios dado que, se entiende, serán los propios destinos los que determinen las características y funcionalidades de los módulos opcionales que estimen oportunos. También es posible que el destino identifique otros módulos a desarrollar, siempre que estén alineados con los objetivos de la Plataforma Inteligente del Destino (PID) y con el Componente 14 del Plan de Recuperación

¿Qué se consideran módulos especializados o casos de uso?

Los términos “módulos especializados” o “casos de uso” responden al mismo concepto. Se trata de desarrollos que abordan problemáticas no resueltas o retos a los que se enfrenta un destino y que pueden abordarse con un conjunto de soluciones tecnológicas debidamente interrelacionadas, que generarán el suficiente conocimiento para abordar estos retos.

SEGITTUR ha identificado diferentes tipologías de turismo que podrían requerir de un conjunto de soluciones para dar respuesta a los retos que éstas enfrentan.

Por ejemplo, en el caso de uso Desafíos en la Gestión de Playas, un destino costero podría identificar las principales problemáticas que enfrenta y que atañen al servicio de salvamento y primeros auxilios, la limpieza de la superficie seca de la playa, la gestión de accesos, la gestión de concesiones, etc. A partir de esto, identificaría los datos que requiere y cómo conseguirlos, desplegando sensores para controlar el aforo, contando con sistemas de alerta de contaminación, etc.

Independientemente de los casos de uso identificados por SEGITTUR, el destino puede solicitar la financiación de diferentes soluciones tecnológicas que den respuesta a un reto en el destino no incluido en estos casos de uso.

Casos de uso / módulos especializados
¿Está disponible el desarrollo de los módulos específicos o casos de uso desarrollados por SEGITTUR?

El desarrollo de estos módulos específicos se puede encontrar en el siguiente enlace:

Casos de uso plataforma inteligente

En estos momentos, está disponible el modelo de datos, y demás documentación relevante, de quince de los veinte casos de uso cuyo desarrollo está previsto. El resto de los módulos se irán compartiendo según esté finalizado su desarrollo.