Descripción General: Líneas de actuación

Podrán financiarse con arreglo al Fondo los proyectos ubicados en el territorio nacional que respondan a alguna de las siguientes tipologías:

  1. Creación de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al inicio de una nueva actividad productiva.
  2. Traslado de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al cambio de localización de una actividad productiva previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
  3. Actuaciones en establecimientos existentes los proyectos orientados a:
    1. la ampliación de la capacidad,
    2. la diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en él,
    3. una transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento y
    4. la adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que hubiera cerrado si no hubiera sido adquirido.

Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.

Los proyectos se analizarán en el marco de la empresa que los desarrolla. Por ello, si un Solicitante prevé realizar actuaciones relativas a varias tipologías de proyecto o ubicaciones y pretende solicitar financiación del Fondo para el conjunto de las mismas, habrá de hacerlo en una única solicitud de financiación.

Con carácter general, podrán ser objeto de financiación tanto proyectos que hayan sido iniciados con anterioridad a la Fecha de Solicitud, como los que se vayan a iniciar posteriormente. Concretamente, serán financiables los conceptos que se hayan ejecutado desde 9 meses antes a la Fecha de Solicitud hasta los que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la Financiación. Para creación de nuevos establecimientos industriales, el plazo de ejecución podrá ampliarse en un año adicional.