Los gastos subvencionables aplicables a cada una de las líneas se incluyen en los artículos 5, 6, 7 y 8 de la Orden ITU/868/2025, de 6 de agosto, aplicando los conceptos que resultan del artículo 11 de la orden citada. En cualquier caso, las ayudas se destinarán a cubrir los gastos subvencionables que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación para el que se hayan concedido.
No, de acuerdo con el artículo 11 de la Orden ITU/868/2025, de 6 de agosto, estos tipos de gastos no se incluye entre los gastos subvencionables.
De conformidad con el ANEXO de la Orden ITU/868/2025, de 6 de agosto, en la memoria técnica se incluirá la descripción del equipo del proyecto, indicando la titulación, la experiencia profesional y el rol de cada integrante en los distintos paquetes de trabajo, además de incluir las funciones a desempeñar en cada uno de los paquetes de trabajo en los que participe, justificando su necesidad. Por su parte, en la memoria económica, se detallarán los costes del personal técnico y administrativo involucrado directamente, se identificarán los perfiles detallando la titulación y la experiencia requerida, así como la categoría profesional, además se incluirá para cada uno de ellos las funciones que desempeñará, se justificará su necesidad, así como su valoración económica (número de horas, coste/hora, importe imputado y grupo de cotización del régimen general de la Seguridad Social).
En definitiva, se deberán definir los perfiles necesarios para llevar a cabo las actuaciones, sin necesidad de concretar el nombre y DNI de cada trabajador. Posteriormente, en la presentación de la cuenta justificativa, las horas del personal técnico que se acredite deberá coincidir con los perfiles descritos.
Se aceptan los gastos correspondientes a colaboraciones externas solo en proyectos de investigación y/o desarrollo y los costes de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación en proyectos de innovación solo en favor de las pymes, siempre que, de conformidad con el artículo 11 de la Orden ITU/868/2025, de 6 de agosto, se especifiquen de manera detallada tanto en la memoria como en el cuestionario de solicitud, resulten necesarios para la ejecución de la actuación prevista y cumplan los siguientes requisitos:
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