Descripción General

Consiste en la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a proyectos de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno del vehículo eléctrico en el marco del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC).

Se financiarán proyectos de inversión que añadan capacidad de fabricación para los siguientes tipos de actuación:

  1. Producción, incluso con materias primas secundarias, de las tecnologías de baterías y de almacenamiento de energía, así como de tecnologías de hidrógeno, todas ellas exclusivamente destinadas al vehículo eléctrico.
  2. Producción, incluso con materias primas secundarias, de los principales componentes específicos de las baterías y de las pilas de combustible de hidrógeno, todos ellos exclusivamente destinados al vehículo eléctrico.
  3. Producción de las materias primas fundamentales conexas necesarias para la producción de los productos finales o los principales componentes específicos definidos en las letras a) y b).
  4. Recuperación de las materias primas fundamentales conexas necesarias de baterías y pilas de combustible de hidrógeno de vehículos eléctricos, siempre y cuando dichas materias primas se empleen, al menos parcialmente, para la para la producción de las tecnologías de baterías y de almacenamiento de energía, así como de tecnologías de hidrógeno, o de sus principales componentes específicos.

Finalidad: La línea de ayudas se incardina en el marco del Componente 12, «Política Industrial», y, en concreto, contribuye al cumplimiento de los hitos de la Inversión 6 (C12.I6) «Régimen de subvenciones para respaldar los proyectos estratégicos en la cadena de valor de los vehículos eléctricos (ayudas)». Las inversiones contribuirán al cumplimiento del hito 448b y del objetivo 448c.

Financiación: Esta convocatoria está financiada con créditos vinculados al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el MRR, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para 2023, y en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. El régimen de ayudas permitirá facilitar hasta 125 millones de euros en ayudas.

Régimen de concesión: El régimen de concesión de la futura convocatoria es el de concurrencia no competitiva, conforme al artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de noviembre, y las solicitudes serán atendidas, analizadas y resueltas en estricto orden de llegada.