Podrán ser beneficiarios de las ayudas las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en algún Estado Miembro de la Unión Europea y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial en alguno de los sectores recogidos en listado desarrollado más adelante, y que no formen parte del sector público.
Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial cuando haya desarrollado dicha actividad durante un periodo de al menos dos años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes o bien los accionistas o el equipo directivo acrediten experiencia de al menos dos años en dicha actividad a nivel de producción industrial comparable, o bien a nivel de planta piloto o bien a escala experimental.
Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno y sus componentes esenciales, cuando su actividad principal se encuentre en uno de los siguientes casos:
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