Publicación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de ayuda a proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector de productos sanitarios, bajo el PERTE SALUD de VANGUARDIA, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2023, Orden de convocatoria de 24 de mayo de 2023.
Fecha del Acuerdo del Comité ejecutivo: 4 de octubre de 2023
Fecha de publicación de la Propuesta Resolución Definitiva: 5 de octubre de 2023
El Comité Ejecutivo de la Comisión de Evaluación de la convocatoria concesión de ayuda a proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector de productos sanitarios en el año 2023, ha acordado elevar a definitivo el resultado propuesto sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes a la propuesta de resolución provisional de la convocatoria, y ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva.
Listados tras acuerdo del Comité Ejecutivo:Listado de solicitudes estimadas en Comité Ejecutivo [PDF] [442 KB]
Listado de solicitudes desestimadas en Comité Ejecutivo [PDF] [465 KB]
Una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico, para aceptar o rechazar la financiación propuesta, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo.
Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.
Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se reconfigura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), junto con la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades deberán aportar, junto con la Aceptación, los siguientes documentos, cuyo modelo se puede descargar directamente en versión editable desde esta página:
Deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación.
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA.
Se realizará exclusivamente a través del trámite “ENVÍO RESGUARDOS DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS”.
Deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación.
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA.
Se realizará exclusivamente a través del trámite “PRESENTAR DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA”
Deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación.
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA.
Se realizará exclusivamente a través del trámite “PRESENTAR DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA”.
IMPORTANTE: En caso de no realizarse alguno de los trámites anteriores en el plazo establecido para ello, se tendrá por desistida la solicitud.
El importe de la garantía a constituir correspondiente a la parte de ayuda propuesta en forma de préstamo, será del:
El importe de la garantía a constituir correspondiente a la parte de ayuda propuesta en forma de subvención, será del:
En el caso de importes de ayuda superiores a 30.000€, para poder ser beneficiario será necesario presentar, en el plazo máximo de 15 días hábiles, desde la notificación de esta Propuesta de Resolución Definitiva, la acreditación del cumplimiento, en el momento de presentar la solicitud, de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Dicha acreditación se realizará como se indica a continuación (de conformidad con lo establecido en el artículo 214 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio):
La acreditación del nivel de cumplimiento establecido se realizará por los siguientes medios de prueba:
Esta certificación será válida hasta que resulten auditadas las cuentas anuales del ejercicio siguiente.
A los efectos de esta Ley, se entenderá cumplido el requisito exigido en este apartado cuando el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sea igual o superior al porcentaje previsto en la disposición final sexta, letra d), apartado segundo, de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.
Certificación cumplimiento morosidad [DOCX] [420 KB]
En aquellos casos en los que haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones que se señalan a continuación, y de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, se concederá un plazo de 10 días, para que los solicitantes actualicen la información aportada.
Los párrafos b), c) y d) anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.
Los pasos a seguir para enviar las declaraciones responsables requeridas son los siguientes:
Declaración de la entidad de no tener trabajadores a su cargo
Obtención de otra financiación pública:En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tengan conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se ha concedido financiación.
Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.
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