Detalle Participación Pública

Consulta
Cerrada
Rango de la Norma:
Real Decreto de Consejo de Ministros
Carácter de la consulta:
Normativas
Tipo de participación:
Audiencia e información pública

Resumen

El Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativo a la protección de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1001 y (UE) 2019/1753 trae consigo la creación de un nuevo título de propiedad industrial, único para toda la Unión Europea.

A tal fin, el Reglamento Europeo contempla un procedimiento de registro que ha de ejecutarse en dos fases: una primera fase nacional, desempeñada por la autoridad competente designada por el Estado miembro de procedencia de la indicación geográfica, y otra posterior europea (siempre y cuando la fase nacional fuese favorable a la solicitud), donde la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) concede o deniega la inscripción de la indicación geográfica en el Registro de la Unión.

El objetivo de este real decreto es regular la fase nacional del procedimiento para indicaciones geográficas dentro del ámbito competencial del Estado, esto es, cuyo ámbito territorial exceda del de una comunidad autónoma. También regula la actuación de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) como enlace entre los organismos competentes de las comunidades autónomas y la EUIPO en el caso de las solicitudes cuyo ámbito territorial se extienda a una sola comunidad autónoma, dependientes por tanto de la respectiva Administración autonómica.

Además, se regula la posibilidad de llevar a cabo modificaciones en el pliego de condiciones, la de anular la indicación geográfica cuyo ámbito territorial exceda del de una comunidad autónoma, una vez se haya registrado, así como el régimen de control oficial para las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales.

Igualmente, se prevé la creación de canales de coordinación de las administraciones con competencia en indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el jueves, 20 de febrero de 2025 hasta el viernes, 14 de marzo de 2025

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: coordinacionjuridica@oepm.es indicando en el asunto: "Proyecto de Real Decreto IG artesanales e industriales"

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:

  • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante
  • Organización o asociación (si corresponde)
  • Contacto (correo electrónico)

Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y, en consecuencia, no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Anexos