Los Comités encargados de colaborar con la gestión del programa PROFARMA son los siguientes:
La Secretaría de PROFARMA, formada por funcionarios A1/A2 de la Dirección General de Estrategía Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, efectuará todas las labores de gestión necesarias, así como el desarrollo de las actuaciones que se deriven de la actividad del Comité Técnico y del Comité de Coordinación.
Asimismo, la Secretaría de PROFARMA se encargará de evaluar las empresas presentadas al programa, conforme a los criterios establecidos en la Guía de evaluación adoptada por el titular de la Secretaría de Estado de Industria. Para la elaboración y adopción de la nueva versión de la Guía de evaluación, la Secretaría de Estado de Industria podrá contar con el asesoramiento técnico del Comité de Coordinación.
En sus funciones de evaluación, la Secretaría de PROFARMA solicitará a los expertos externos los informes técnicos que estime pertinentes relativos a la actividad y a los proyectos de las empresas.
Cuando las circunstancias lo aconsejen, la Secretaría efectuará las comprobaciones que estime procedentes sobre una muestra aleatoria de las empresas presentadas, a fin de acreditar la veracidad de los datos reflejados en la documentación aportada.
La Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, a través de la Secretaría de PROFARMA, emitirá informe de valoración y propondrá al titular de la Secretaría de Estado de Industria la clasificación y calificación de las empresas participantes.
El Comité Técnico está formado por los siguientes miembros:
Presidente: El Subdirector General de Estrategia y Ecosistemas Industriales.
Vicepresidente: Un Jefe de Departamento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios propuesto por la Secretaría de Estado de Sanidad durante la convocatoria 2025, y durante la convocatoria 2026, una persona con rango de Subdirector General del Instituto de Salud Carlos III a propuesta de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades. El vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad. El vicepresidente será designado por la Secretaría de Estado de Industria.
Coordinador: Elegido por el Presidente del Comité de entre los vocales del mismo.
Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Estrategia y Ecosistemas Industriales designado por la Secretaría de Estado de Industria.
Vocales: Hasta 18 vocales, designados por el titular de la Secretaría de Estado de Industria, y seleccionados por su reconocido prestigio en el ámbito de las ciencias de la salud, de las áreas de química, farmacología, biotecnología, biomedicina, tecnología farmacéutica, desarrollo tecnológico, clínica asistencial, evaluación clínica y de tecnologías farmacéuticas. Seis vocales serán propuestos por la Secretaría de Estado de Industria, otros seis vocales a propuesta de la Secretaría de Estado de Sanidad y otros seis vocales a propuesta de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades. Cada Secretaría de Estado podrá proponer hasta un máximo de tres vocales que formen parte de su personal o del personal destinado en los organismos que dependan de ella.
Los expertos del Comité Técnico, manifestarán en las reuniones que pudieran celebrarse, su opinión científica y técnica en lo concerniente a las actividades y a los proyectos de las empresas presentadas.
Relación de Vocales
Relación de vocales del comité (próximamente)
Por parte de la Secretaría de Estado de Industria: serán miembros integrantes el titular de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa y el titular de la Subdirección General de Estrategia y Ecosistemas Industriales.
Por parte de la Secretaría de Estado de Sanidad: serán miembros integrantes el titular de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del S.N.S. y Farmacia y el titular de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Por parte de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades: sus representantes serán por un lado, una persona con rango de Subsecretario designada por el Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades y por otra parte, el titular de la Dirección General del Instituto de Salud Carlos III.
El titular de la Secretaría de Estado de Industria adoptará la decisión final respecto a las clasificaciones y calificaciones otorgadas a las empresas participantes en el programa.
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