Notificación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de la convocatoria 2024, de ayudas para el despliegue de plataformas tecnológicas y soluciones digitales en los destinos de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Orden ITU/1423/2023, de 29 de diciembre.
Fecha de la publicación: 10 de marzo de 2025
La Secretaría de Estado de Turismo ha acordado elevar a definitivo el resultado propuesto sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes a la propuesta de resolución provisional de la convocatoria, y ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva del procedimiento de concesión de la Orden ITU/1423/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos de ayudas para el despliegue de plataformas tecnológicas y soluciones digitales en los destinos de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Listados tras acuerdo del Comité Ejecutivo:
Listado de solicitudes estimadas [PDF] [265 KB]
Listado de solicitudes lista de espera [PDF] [279 KB]
Listado de solicitudes desestimadas [PDF] [279 KB]
Listado de solicitudes desistidas [PDF] [132 KB]
Propuesta Resolución Definitiva
Propuesta resolución definitiva [PDF] [1.038 KB]
Una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de las propuestas definitivas individuales en el registro electrónico del Ministerio, para aceptar o rechazar la financiación propuesta, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo.
Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.
Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se reconfigura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), junto con la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades deberán aportar, junto con la Aceptación, los siguientes documentos, cuyo modelo se puede descargar directamente en versión editable desde esta página:
Anexo VIII “Declaración de ausencia de conflicto de interés”, firmado electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello, el cual se adjunta junto con la Propuesta de Resolución Definitiva. Para ello, deberá anexar al trámite de Aceptación, el documento firmado electrónicamente con la aplicación Autofirma.
Anexo VIII Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses [DOCX] [110 KB]
El trámite de aceptación, se hará a través del expediente electrónico mediante el trámite: “ACEPTACIÓN DE CONCESIÓN”.
Caso de representación mancomunada
En caso de que la entidad tenga representantes mancomunados, la persona que firme el envío telemático debe ser el representante que se consignó en primer lugar en la solicitud.
Además, se deberá descargar el archivo "Aceptación de financiación para representantes mancomunados” de la Propuesta de Resolución, que deberá ser firmado electrónicamente en PDF por todos los representantes mancomunados, y enviar en el mismo plazo de 10 días hábiles.
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA, aunque a fecha de aceptación no se disponga del resguardo de garantía.
En aquellos casos en los que haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones que se señalan a continuación, y de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, se concederá un plazo de 10 días, para que los solicitantes actualicen la información aportada.
Los párrafos 3), 4) y 5) anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.
Los pasos a seguir para enviar las declaraciones responsables requeridas son los siguientes:
Declaración de la entidad de no tener trabajadores a su cargo
Obtención de otra financiación pública:
En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tengan conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se ha concedido financiación u ayudas bajo el régimen de MINIMIS.
Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.
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