Solicitudes: Inadmisión

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Fondo Europeo de desarrollo Regional

Serán inadmitidas las solicitudes de ayuda no realizadas en plazo a través del registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo según lo dispuesto en el apartado Decimotercero.2 de la Orden IET/1359/2014, de 23 de julio, por la que se convoca en el ejercicio 2014 la concesión de apoyo financiero para programas de infraestructura industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y se establecen las bases reguladoras.

No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, con esta notificación se inicia el trámite de audiencia previo a la Resolución de Inadmisión de la solicitud, disponiendo de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación en el registro electrónico del Ministerio de dicha notificación, para formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones estime oportunos.