Preguntas frecuentes de: Ejecución de la actuación
¿Puedo modificar la actuación inicialmente prevista?
Sí. Cuando concurran circunstancias sobrevenidas debidamente justificadas, podrá solicitarse la modificación de la resolución de concesión, siempre que:
No se altere la finalidad de la ayuda.
Se mantengan los requisitos que motivaron su concesión.
No se perjudiquen derechos de terceros.
La solicitud de modificación deberá presentarse, como mínimo, 15 días naturales antes de la finalización del plazo de ejecución.
¿Puedo sustituir el equipo para el que se solicitó inicialmente la ayuda por otro equivalente?
Sí. La sustitución de un equipo por otro de funcionalidad y prestaciones equivalentes no requerirá la modificación de la resolución de concesión, siempre que:
Se mantenga la finalidad de la actuación.
Se cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
No se supere el importe subvencionable autorizado.
¿Qué ocurre si deseo desistir de la solicitud o renunciar a la ayuda?
El solicitante podrá desistir de la solicitud presentada en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento.
Asimismo, si ya hubiera resultado beneficiario, podrá renunciar a la ayuda concedida.
En ambos casos, el trámite deberá realizarse a través de la misma plataforma electrónica utilizada para la presentación de la solicitud.