Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que contemplen la sustitución o renovación de los siguientes equipos:
Serán subvencionables los gastos necesarios para la sustitución o renovación del equipamiento, entre ellos:
No. Estas ayudas no financian la adquisición o sustitución por equipos que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural.
No. Estas ayudas están destinadas exclusivamente a la sustitución o renovación de equipamiento existente por otro más eficiente desde el punto de vista energético.
En consecuencia, deberá acreditarse el ahorro energético obtenido respecto del equipo sustituido y, con carácter general, la retirada del equipamiento anterior. La adquisición de equipamiento adicional que no sustituya a otro existente no será subvencionable.
Sí. Serán subvencionables las adquisiciones realizadas a partir del 1 de marzo de 2026, siempre que se cumplan el resto de requisitos establecidos en la convocatoria.
Sí. En una misma solicitud podrá incluirse la sustitución de varios equipos, siempre que todos ellos correspondan al mismo establecimiento y se respeten los límites económicos establecidos en la convocatoria.
No. Cada establecimiento únicamente podrá ser beneficiario de una ayuda.
No obstante, una misma empresa o persona trabajadora autónoma podrá presentar solicitudes para distintos establecimientos, siempre que cada uno cumpla los requisitos establecidos.
Sí. Como regla general, deberá acreditarse que el equipamiento sustituido ha sido retirado y gestionado correctamente por un gestor autorizado de residuos, de acuerdo con la normativa vigente en materia de residuos.
La documentación aportada deberá permitir comprobar tanto la retirada del equipo anterior como su correcta gestión ambiental.
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