Concesión

Convocatoria 2024: Propuesta Resolución Provisional

De conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, modificada por la Orden ICT/474/2022, de 20 de mayo, el 17 de octubre de 2024 se ha reunido el órgano colegiado constituido para la evaluación de los proyectos presentados a la convocatoria de las subvenciones establecidas para el apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras. En dicha reunión se acordó la Propuesta de Resolución Provisional de concesión de ayudas.

Fecha de publicación: 21 de octubre de 2024

Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de la publicación para aceptar la ayuda propuesta y aportar la documentación requerida, rechazarla o formular alegaciones. 

El acceso a la propuesta de resolución provisional de cada expediente se realiza por vía electrónica, para ello el solicitante deberá:

  • Consultar los documentos del apartado “Listas publicadas” para ver si figura entre los solicitantes. En caso afirmativo , puede consultar su propuesta provisional mediante el acceso a su expediente a través del registro electrónico.
  • Una vez haya accedido a su expediente podrá utilizar el botón “Presentar Documentación” que le permitirá acceder a los distintos trámites, para llevar a cabo el trámite deseado.
  • Aceptar, rechazar o realizar alegaciones a la propuesta de resolución provisional, como se indica a continuación:
  1. Si se desea aceptar la concesión provisional; debe acceder al trámite “Aceptación de la propuesta de concesión”. Junto con la aceptación se deberán aportar debidamente firmados los siguientes documentos:

    • Declaración responsable por cada beneficiario participante, incluida la AEI solicitante, reflejando el importe de la ayuda que les corresponda por beneficiario, declarando hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y préstamos y dar publicidad de las ayudas (se facilita modelo a continuación). Deberá ser firmado electrónicamente por el responsable legal de cada entidad, con la aplicación,  AutoFirma.
    • Por cada beneficiario, si procede, la acreditación del cumplimiento de los plazos de pago a los que se refiere el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

    Si hubieran enviado la aceptación de concesión y tuvieran pendiente el envío de alguna documentación obligatoria requerida, dispondrán del trámite “Documentación de la Propuesta de Resolución” que le permitirá enviar los documentos requeridos, pero NO ACEPTAR la propuesta.

  2. Si se opta por rechazar la ayuda propuesta , debe acceder al trámite “Desistimiento de la Propuesta de Resolución provisional”.
  3. Si se desean realizar alegaciones a la propuesta de resolución provisional , debe acceder al trámite “Alegación a la Propuesta de resolución provisional”.

Una vez resueltas las alegaciones que se formulen, los solicitantes que hayan alegado podrán acceder a la propuesta de resolución definitiva correspondiente.

Modelos de documentación a presentar

Modelo de declaración responsable entidad participante y publicidad de ayudas [DOCX] [44 KB]

Certificación cumplimiento plazos pago 13.3 bis empresas cuentas abreviadas [DOCX] [45 KB]

Listas publicadas

Listado provisional de ayudas concedidas [PDF] [506 KB]

Listado provisional de ayudas en lista de espera [PDF] [714 KB]

Listado provisional de ayudas denegadas por puntuación [PDF] [577 KB]

Listado provisional de ayudas denegadas por otros motivos [PDF] [267 KB]

Listado provisional de ayudas desistidas [PDF] [464 KB]