- Consulta
- Cerrada
- Rango de la Norma:
- Real Decreto de Consejo de Ministros
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Audiencia e información pública
Resumen
La ordenación y regulación de la Organización Corporativa de la Profesión de Ingenieros Industriales en España se inició con la constitución de su Consejo General mediante el Decreto 1932/1969, de 24 de agosto. Posteriormente se publicó la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, que estableció en su disposición transitoria primera que los Estatutos de los entes colegiales vigentes continuarían en vigor en todo lo que no se opusiera a lo dispuesto en dicha Ley y sin perjuicio de adaptaciones estatutarias de conformidad con los preceptos del texto legal mencionado. Años después se aprobó la Ley 74/1978, de 26 de diciembre, de normas reguladoras de los Colegios Profesionales, que adecuó el régimen de los Colegios a la Constitución, y la Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Colegios Profesionales. Los vigentes Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y su Consejo General fueron aprobados por el Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su Consejo General. Sin embargo, dado el tiempo transcurrido y los cambios acaecidos desde entonces en la profesión, es necesario una actualización de los mismos.
Así, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se somete a participación pública el proyecto de Real Decreto de referencia y la Memoria del Análisis de Impacto Normativo con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el martes, 28 de enero de 2025 hasta el viernes, 28 de febrero de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: audiencia.estatutos.COII@mintur.es indicando en el asunto: "Audiencia Estatutos COII"
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:
- Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
- Organización o asociación (si corresponde).
- Contacto (correo electrónico).
Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución y justificando debidamente el motivo, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.