Publicación de la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión de ayuda al Programa «Experiencias Turismo España» en el año 2023, Orden de 26 de julio de 2023.
Fecha de publicación: 1 de agosto de 2024
Detectado el vicio en el procedimiento de concesión de ayudas de la convocatoria 2023 del "Programa Experiencias Turismo España", tal y como establece el artículo 48 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, la Dirección General de Políticas Turísticas de la Secretaría de Estado de Turismo, acordó dejar sin efecto la propuesta de resolución provisional y la propuesta de resolución definitiva publicadas respectivamente los días 21 de marzo de 2024 y 28 de mayo de 2024.
El Comité Ejecutivo de la Comisión de Evaluación de la convocatoria concesión de ayudas al Programa «Experiencias Turismo España» en el año 2023, Orden de 26 de julio de 2023), ha acordado elevar a definitivo el resultado propuesto sobre las alegaciones presentadas por los solicitantes a la propuesta de resolución provisional de la convocatoria publicada el día 12 de julio de 2024, y ha formulado Propuesta de Resolución Definitiva.
Listado de solicitudes estimadas en Comité Ejecutivo [PDF] [1.482 KB]
Listado de solicitudes desestimadas en Comité Ejecutivo [PDF] [938 KB]
Una vez recibida la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades solicitantes deberán atenerse a los siguientes plazos:
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación en registro electrónico del Ministerio, , para aceptar o rechazar la financiación propuesta, entendiéndose que se renuncia a la propuesta de no producirse aceptación en dicho plazo.
Las aceptaciones o desistimientos a las propuestas se presentarán con firma electrónica. Para ello deberá acceder a su expediente en el registro electrónico y utilizar el botón "Presentar Documentación", que le permitirá acceder al formulario de aceptación, desistimiento. Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.
Si el acceso al registro electrónico del Ministerio, lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación"
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se reconfigura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), junto con la Propuesta Definitiva de Concesión, las entidades deberán aportar, junto con la Aceptación, los siguientes documentos, cuyo modelo se puede descargar directamente en versión editable desde esta página:
Anexo III “Declaración de ausencia de conflicto de interés”, firmado electrónicamente por la persona con poder suficiente para ello, el cual se adjunta junto con la Propuesta de Resolución Definitiva. Para ello, deberá anexar al trámite de Aceptación, el documento firmado electrónicamente con la aplicación Autofirma.
Anexo III Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses [DOCX] [1.070 KB]
El trámite de aceptación, se hará a través del expediente electrónico mediante el trámite: “ACEPTACIÓN DE CONCESIÓN”.
En caso de que la entidad tenga representantes mancomunados, la persona que firme el envío telemático debe ser el representante que se consignó en primer lugar en la solicitud.
Además, se deberá descargar el archivo "Aceptación de financiación para representantes mancomunados” de la Propuesta de Resolución, que deberá ser firmado electrónicamente por todos los representantes mancomunados mediante la herramienta Autofirma, y enviar en el mismo plazo de 10 días hábiles (utilizando el botón “Anexar Fichero” que aparece en la pantalla “Aceptación de Financiación Propuesta”), el archivo en formato *.xsig. La herramienta Autofirma debe estar configurada siguiendo las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio.
ESTE TRÁMITE ES IMPRESCINDIBLE PARA PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN SOLICITADA, aunque a fecha de aceptación no se disponga del resguardo de garantía.
Cumplimiento de las condiciones para adquirir la condición de beneficiario:
En aquellos casos en los que haya variado alguna circunstancia en cuanto a las siguientes condiciones que se señalan a continuación, y de obligado cumplimiento para adquirir la condición de beneficiario, respecto a las acreditadas en el momento de la solicitud, se concederá un plazo de 10 días, para que los solicitantes actualicen la información aportada.
Los párrafos b), c) y d) anteriores podrán acreditarse por medio de Declaración Responsable del solicitante.
Los pasos a seguir para enviar las declaraciones responsables requeridas son los siguientes:
Declaración de la entidad de no tener trabajadores a su cargo
En cualquier momento del procedimiento, el solicitante deberá comunicar al órgano instructor, en su caso y tan pronto como tengan conocimiento de ello, la obtención de otra financiación pública para la ejecución de las actividades para las que se ha concedido financiación.
Toda la documentación requerida deberá enviarse a través del registro electrónico del Ministerio.
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