Los apoyos financieros a la reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial tendrán la forma de préstamo reembolsable con intereses.
El régimen de concesión de los préstamos es el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Las características de los préstamos serán las siguientes:
El importe de la financiación a conceder para todos los tipos de inversión será del 75 por ciento sobre el presupuesto financiable.
La financiación pública total de la inversión, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 75 por ciento sobre el total del presupuesto del proyecto de inversión que haya sido considerado financiable.
En el caso de empresas sin cuentas históricas significativas según la definición detallada en el anexo I de la orden de bases, el importe del préstamo a conceder no podrá superar en 3 veces los fondos propios del solicitante, acreditados mediante las cuentas presentadas para su valoración. En el resto de los casos, dicho límite se fija en 5 veces los fondos propios del solicitante.
Además, estará limitado por el riesgo vivo acumulado por la empresa con la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, de forma que dicho riesgo vivo acumulado con la DGIPYME no podrá superar en 3 veces los fondos propios para empresas sin cuentas históricas significativas y en 5 veces los fondos propios en el resto de casos.
El importe global de préstamo a conceder por beneficiario no superará:
Seis años, con un plazo de carencia de tres años.
El tipo de interés será variable y se establece según el siguiente cuadro:
Tipo de beneficiario | Interés año 1 (%) | Interés años 2 y 3 (%) | Interés años 4, 5 y 6 (%) |
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PYMES | 0,1 | 0,19 | 0,69 |
Grandes empresas | 0,19 | 0,69 | 1,69 |
Se exigirán garantías antes de la Resolución de Concesión la presentación del resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos en cualquiera de las modalidades aceptadas, conforme a la normativa de la Caja.
El importe total de la garantía a constituir será del 20% del préstamo concedido.
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