Descripción General: Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial en alguno de los sectores recogidos para cada sección en el anexo I de la orden y que no formen parte del sector público.

Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial vinculada a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado (VEC) compatible con la sección B de esta orden, cuando su actividad principal se encuentre en uno de los siguientes casos:

  1. CNAE-2025 Sección C 13.2 Fabricación de tejidos textiles.
  2. CNAE-2025Sección C 13.9 Fabricación de otros productos textiles.
  3. CNAE-2025 Sección C 20.16 Fabricación de plásticos en formas primarias.
  4. CNAE-2025 Sección C 20.17 Fabricación de caucho sintético en formas primarias.
  5. CNAE-2025 Sección C 22.1 Fabricación de productos de caucho.
  6. CNAE-2025 Sección C 22.2 Fabricación de productos de plástico.
  7. CNAE-2025 Sección C 23.1 Fabricación de vidrio y productos de vidrio.
  8. CNAE-2025 Sección C 23.44 Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico.
  9. CNAE-2025 Sección C 24.1 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.
  10. CNAE-2025 Sección C 24.2 Fabricación de tubos, tuberías, perfiles huevos y sus accesorios, de acero.
  11. CNAE-2025 Sección C 24.3 Fabricación de otros productos de primera transformación del acero.
  12. CNAE-2025 Sección C 24.42 Producción de aluminio.
  13. CNAE-2025 Sección C 25.4 Forja y modelado de metales y metalurgia de polvos.
  14. CNAE-2025 Sección C 25.5 Tratamiento, revestimiento y mecanizado de metales.
  15. CNAE-2025 Sección C 25.9 Fabricación de otros productos metálicos.
  16. CNAE-2025 Sección C 26.1 Fabricación de componentes electrónicos y circuitos impresos ensamblados.
  17. CNAE-2025 Sección C 26.2 Fabricación de ordenadores y equipos periféricos.
  18. CNAE-2025 Sección C 26.3 Fabricación de equipos de telecomunicaciones.
  19. CNAE-2025 Sección C 26.51 Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación.
  20. CNAE-2025 Sección C 27.1 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control eléctrico.
  21. CNAE-2025 Sección C 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos.
  22. CNAE-2025 Sección C 27.3 Fabricación de cables y dispositivos de cableado.
  23. CNAE-2025 Sección C 27.4 Fabricación de equipos de iluminación.
  24. CNAE-2025 Sección C 27.9 Fabricación de otro material y equipo eléctrico.
  25. CNAE-2025 Sección C 28.12 Fabricación de equipos de transmisión hidráulica y neumática.
  26. CNAE-2025 Sección C 28.13 Fabricación de otras bombas y compresores.
  27. CNAE-2025 Sección C 28.15 Fabricación de cojinetes, engranajes y órganos mecánicos de transmisión.
  28. CNAE-2025 Sección C 28.25 Fabricación de equipos de aire acondicionado no domésticos.
  29. CNAE-2025 28.29 Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p.
  30. Dentro del CNAE 28.92 Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción, la fabricación de camiones todoterreno de caja basculante.
  31. CNAE-2025 Sección C 29.1 Fabricación de vehículos a motor.
  32. CNAE-2025 Sección C 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques.
  33. CNAE-2025 Sección C 29.3 Fabricación de respuestos y accesorios para vehículos de motor.
  34. CNAE-2025 Sección C 30.91 Fabricación de motocicletas.
  35. Dentro de la CNAE 30.92 la fabricación de vehículos motorizados para personas con discapacidad.
  36. CNAE-2025 Sección E 38.2 Valorización de residuos. Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la actividad 38.21x de la CNAE 2025, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R02, R03, R04, R05  (con exclusión de la limpieza de suelos), R06, R07, R08, R09, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

En ningún caso se considerarán como actividades complementarias a la producción industrial las actividades de intermediación o las que tengan como destino el consumidor final.

Deberán haber desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de dos años contados hasta la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes o bien los accionistas y/o el equipo directivo deberán tener experiencia en producción industrial comparable en la actividad, en planta piloto o a escala experimental, desde al menos un periodo de dos años, contados hasta la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.