Se podría hacer de ambas maneras. Si se decide hacer una agrupación con el tercero, hay que considerar la obligatoriedad de presentar, por parte del industrial, un proyecto individual que califique el proyecto tractor. Alternativamente, se podría realizar a través de una subcontratación entre la industria y la tercera parte.
No existe una limitación al posible aumento (o descenso) de la capacidad productiva como consecuencia de las inversiones en descarbonización de la instalación industrial, siempre que se consigan los objetivos de reducción de emisiones de la planta, superando los umbrales mínimos establecidos, cumpliendo con los criterios DNSH y, en su caso, situándose por debajo del benchmark para aquellas instalaciones bajo RCDE. La justificación de los umbrales (3.000 tonCO2-e/año o 30% reducción de emisiones) se establecerá considerando el mismo nivel de producción que se empleó en la verificación de emisiones inicial.
No habrá minoración en la financiación de equipos que permitan incrementar la producción.
Gracias por sus comentarios.