Solicitudes: Información adicional de la solicitud

Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán exclusivamente mediante tramitación electrónica a la Dirección General de Programas Estratégicos Industriales de SEPIDES E.P.E., órgano competente para instruir el procedimiento, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria y Turismo, donde se dispondrán los medios electrónicos de apoyo necesarios.

Cada solicitud de ayuda deberá constar de la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud de ayuda y cuestionario electrónico: Fichero firmado electrónicamente cumplimentado necesariamente con los medios electrónicos disponibles en el portal de ayudas y la sede electrónica. En dicho cuestionario electrónico se consignará la cuantía de la ayuda solicitada por la entidad solicitante en forma de subvención, siendo ésta, al igual que el resto del cuestionario, no susceptible de reformulación por parte del solicitante.
    Las declaraciones responsables indicadas en la orden de bases estarán incorporadas en el formulario de solicitud.
  2. Memoria descriptiva de la actuación, que contendrá la memoria de evaluación sustantiva del principio DNSH y el Plan Específico de Eficiencia y Transición Energética, según la estructura y contenido establecido en la convocatoria, firmada electrónicamente. Se considerarán parte de la memoria descriptiva de la actuación la ficha de proyecto con el formato disponible en el Portal de Ayudas, firmada electrónicamente, toda la documentación acreditativa de la puntuación para la superación de los criterios de elegibilidad, los documentos que refrenden las hipótesis de contraste, en su caso y cualquier otro documento que se determine en la convocatoria.
  3. Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud por cualquier medio válido en derecho que aporte constancia fidedigna de su existencia. Se exigirá copia autorizada, acompañada del certificado de inscripción en el Registro Mercantil o poder especial.
  4. Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del estado de cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos. No obstante, la solicitante podrá denegar expresamente su consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones correspondientes que estarán vinculadas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
    En el caso de que la solicitante presente un certificado de inexistencia de inscripción en la Seguridad Social, deberá presentar también una declaración responsable que refrende el hecho de no tener trabajadores a su cargo.
  5. Informe de riesgos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) agregado de la deuda financiera de la entidad solicitante en el momento de la solicitud o con una antigüedad máxima de tres meses, contados desde la emisión de la CIRBE hasta la fecha de solicitud, firmado electrónicamente.
  6. Cuentas anuales del ejercicio que se indique en la convocatoria, correctamente depositadas en el Registro Mercantil y en el formato generado por el propio Registro Mercantil, junto con el justificante de depósito, y si está obligado a ello, los pertinentes informes de auditoría. Además, en caso de que se solicite en la convocatoria, acuse de recibo de presentación en el Registro Mercantil correspondiente.
  7. Acreditación de la declaración y liquidación del Impuesto de Sociedades correspondientes al último ejercicio para el que el solicitante tenga la obligación de realizar dicha declaración en función de la fecha de presentación de su solicitud. 
  8. Para empresas cuyos fondos propios a fecha de solicitud no coincidan con los de las cuentas anuales del ejercicio que se indique en la convocatoria, acreditación de los fondos propios a fecha de solicitud mediante, en su caso, escrituras de ampliación de capital debidamente inscritas en el Registro Mercantil.
  9. Para proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, será necesario aportar un informe de calificación de las actividades del proyecto emitido por una entidad de certificación acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), o entidad equivalente de otro Estado Miembro de la Unión Europea, firmado electrónicamente por dicha entidad de certificación. El informe determinará la naturaleza tecnológica de las actividades del proyecto, conforme a lo establecido en esta orden, y deberá incluir la identificación (nombre, apellidos y entidad en la que trabaja) del experto técnico evaluador que cuenta con los conocimientos específicos en las actividades objeto del proyecto. En el caso de que la entidad solicitante sea una mediana o pequeña empresa, en defecto de este informe o de su firma electrónica por parte de la entidad emisora, el proyecto será calificado a efectos de determinación de la intensidad de ayuda aplicable como de innovación. En el caso de que la entidad solicitante no sea una pequeña o mediana empresa, en defecto de este informe o de su firma electrónica por parte de la entidad emisora, el proyecto será considerado no elegible. Será responsabilidad exclusiva de la entidad solicitante la comprobación de que el informe se encuentra firmado electrónicamente por la entidad de certificación acreditada. 
  10. Para las instalaciones afectadas por el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, informe de emisiones del último período disponible verificado por entidad acreditada, firmado electrónicamente por la entidad emisora.
  11. Certificado de situación censal expedido exclusivamente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  12. Identificación de los titulares reales de la entidad, según se define en el artículo 4 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, mediante la aportación del acta de titularidad real en escritura.

Además, podrá solicitarse cualquier otra documentación que se determine en la convocatoria y que sea necesaria para acreditar el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario.