Instrucciones para justificar ayuda Orden ICT/1521/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para el programa de ayudas a organismos de investigación y de difusión de conocimientos para proyectos de I+D para dar respuesta a los retos de los destinos turísticos, y se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tal y como se indica en la disposición adicional segunda del RD Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía Los referidos plazos de ejecución quedan ampliados hasta el 30 de septiembre de 2024. Los de justificación y comprobación quedan ampliados hasta tres meses después del vencimiento del plazo anterior
La justificación de la de la subvención a los fines para los que fue concedida se realiza mediante la presentación de la siguiente documentación que se cita a continuación y siguiendo las instrucciones que figuran en el documento "Guía de procedimiento para la justificación".
Esta guía es de carácter informativo con el fin de proporcionar información sobre el proceso de ejecución de las ayudas, pero en ningún caso sustituye a lo establecido en las Bases Reguladoras, en la Convocatoria de ayudas, ni en la legislación aplicable a las mismas.
La documentación que tendrá que aportar en esta fase estará vinculada a:
Anexo 1- Memoria Técnica [DOCX] [36 KB]
Los pasos a seguir para enviar las declaraciones requeridas son los siguientes:
Formulario de aportación de información posterior a la resolución
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