Las categorías elegibles de los vehículos serán las siguientes:
Sólo podrán recibir ayuda los beneficiarios que hayan adquirido un vehículo que ostente la etiqueta CERO, en una de las siguientes modalidades:
Las ayudas incluidas en la Línea 1 quedan limitadas a un vehículo por beneficiario. En el caso de las solicitudes enmarcadas en la Línea 2, se podrá obtener ayuda para un máximo de diez vehículos con ayuda por beneficiario en el caso de empresas y de tres vehículos en caso de personas físicas que desarrollen una actividad económica.
Se establecen los siguientes importes máximos de ayuda por vehículo, en euros:
| Tipo de vehículo | Importe máximo de la ayuda – Línea 1 | Importe máximo de la ayuda – Línea 2 (autónomos y microempresas) | Importe máximo de la ayuda – Línea 2 (otras empresas) | Importe máximo de la ayuda – Línea 2 (autónomos y microempresas indicados en el artículo 5.3 de las bases reguladoras) |
|---|---|---|---|---|
| M1 | 4.500 € | 6.000 € | 4.500 € | 7.000 € |
| N1 | 5.000 € | 7.500 € | 5.000 € | 12.000 € |
| L3e, L4e, L5e | 1.100 € | 1.100 € | 1.100 € | 2.000 € |
| L6e y L7e | 1.500 € | 1.500 € | 1.500 € | 2.000 € |
La ayuda concedida para cada vehículo se calculará de forma acumulativa, limitada al importe máximo de la ayuda y con base en los siguientes criterios, como un porcentaje que se aplicará al importe máximo:
i) Para los vehículos M1 con un precio superior a 35.000 euros, hasta un límite de 45.000 euros, se concederá un 15 por ciento del importe máximo de la ayuda.
ii) Para los vehículos M1 con un precio de hasta 35.000 euros se concederá un 25 por ciento del importe máximo de la ayuda.
iii) En la Línea 2, para vehículos M1 de hasta siete plazas, el precio máximo del vehículo por adquirir será de 45.000 euros. En el caso de vehículos M1 de ocho y nueve plazas, no aplicará este límite.
i) se exigirá que una parte del proceso de fabricación de la batería, que deberá incluir, al menos, el ensamblaje de los conjuntos de baterías, se realice en la UE.
ii) Al menos uno de los siguientes componentes de las baterías deberá estar fabricado en un país distinto de aquel identificado como mayor tercer país proveedor en la más reciente Comunicación de la Comisión que proporciona información actualizada para determinar las cuotas de suministro a la Unión Europea de productos finales y sus principales componentes específicos procedentes de diferentes terceros países de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/1735, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas (Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas) (C/2025/3236): conjuntos de las baterías; módulos de las baterías; celdas de las baterías.
iii) El porcentaje de mercurio de la batería deberá ser significativamente inferior al máximo permitido por el Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, relativo a las pilas y baterías y sus residuos y por el que se modifican la Directiva 2008/98/CE y el Reglamento (UE) 2019/1020 y se deroga la Directiva 2006/66/CE.
Las subvenciones se otorgarán una sola vez por vehículo, sin que quepa la posibilidad de solicitar una nueva ayuda en caso de sucesivas transmisiones de un mismo vehículo que haya sido subvencionado.
Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos vigentes para los mismos costes subvencionables, siempre y cuando no tengan la consideración de instrumentos de la Unión Europea, hasta un límite del 80 por ciento del coste subvencionable.
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