De acuerdo con el artículo único, del apartado nueve, de la ICT/1519/2021, de 30 de diciembre, el beneficiario debe presentar la documentación justificativa de las actividades financiadas en un plazo máximo de tres meses, siguientes a la finalización del plazo para ejecutar las inversiones, según la resolución de concesión y las sucesivas de modificación que pudieran existir.
La presentación telemática de la justificación de cada beneficiario se debe hacer necesariamente accediendo a su expediente en el registro electrónico del Ministerio.
Podrá acceder a su expediente en el registro electrónico con o sin certificado digital y desde allí podrá aportar la documentación requerida, utilizando el botón "Presentar Documentación" y eligiendo a continuación el trámite "Solicitud de Verificación Técnico-Económica".
Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".
La justificación de la de la subvención a los fines para los que fue concedida se realiza mediante la presentación de la siguiente documentación que se cita a continuación y siguiendo las instrucciones que figuran en el documento "Guía de procedimiento para la justificación".
Esta guía es de carácter informativo con el fin de proporcionar información sobre el proceso de ejecución de las ayudas, pero en ningún caso sustituye a lo establecido en las Bases Reguladoras, en la Convocatoria de ayudas, ni en la legislación aplicable a las mismas.
La documentación que tendrá que aportar en esta fase estará vinculada a:
Anexo 1- Memoria Técnica [DOCX] [246 KB]
Los pasos a seguir para enviar las declaraciones requeridas son los siguientes:
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