Deberá ser la entidad designada por la agrupación como Interlocutor con la Administración. Las entidades de la agrupación deberán proporcionar toda la información referente a cada uno de sus proyectos y la documentación a presentar en la solicitud, pero deberá ser el Interlocutor con la Administración quien realice el trámite en el Registro Electrónico.
Se determinará en la convocatoria.
No hay umbral para las entidades sino para el global del proyecto tractor. La evaluación económico-financiera del proyecto tractor se calcula ponderando la evaluación económico-financiera de cada entidad al préstamo propuesto. Es esta puntuación ponderada la que ha de superar el umbral de 15 puntos, lo que se conseguirá modulando el importe de préstamo propuesto para aquellas propuestas que superen los umbrales de puntuación técnica del proyecto tractor.
Podrán solicitar el esquema que prefieran siempre que se respete el importe mínimo de préstamo indicado en el artículo 16 de la orden de bases.
La estructura final de la ayuda propuesta (cantidad de ayuda en forma de préstamo y de subvención) dependerá, entre otros, de la puntuación del proyecto tractor y de la contribución de cada proyecto primario a los objetivos climáticos establecidos en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Se analiza que la entidad tenga experiencia en la actividad que corresponda, lo cual se debe quedar adecuadamente justificado. Efectivamente, la CNAE de la empresa no es limitante.
No, la responsabilidad solidaria es extensiva a todos los proyectos que conforman el proyecto tractor. Si bien, cada miembro de la agrupación responderá, de acuerdo con la Ley General de Subvenciones, en una cantidad que será como máximo igual al importe de la ayuda percibida.
Una vez firmada y enviada una solicitud, no es posible hacer modificaciones sobre ella. No obstante, dentro del plazo establecido en la convocatoria, podrá presentar una nueva solicitud con la nueva información/correcciones/documentación y desistir de la primera.
Para desistir de su primera solicitud, deberá entrar en el Registro Electrónico con la clave que la aplicación le habrá facilitado al realizar el envío o bien utilizando el certificado electrónico utilizado en el envío y, ahí, entrar en el expediente y realizar el trámite correspondiente al desistimiento de su solicitud.
El plazo para la ejecución de las inversiones será de 30 meses desde la fecha de resolución de concesión.
Los simuladores se publicarían una vez se haga pública la convocatoria, en la que se establecerán los rangos y las puntuaciones correspondientes para cada criterio.
Sí.
Por grupo empresarial: El importe máximo de ayuda concedida en cualquier forma para un mismo grupo empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe, no podrá superar el 15% del presupuesto total del programa, esto es, ningún grupo podrá percibir ayudas por importe superior a 446,25 millones de euros.
Por empresa y proyecto primario: el importe máximo de ayuda equivalente a percibir por entidad y proyecto primario depende de la tipología de proyecto y del tamaño de la empresa. En concreto:
En los grandes proyectos de inversión, de acuerdo a la definición establecida en el Anexo III, el importe de la ayuda no podrá exceder del importe ajustado de la ayuda, calculado con arreglo al mecanismo definido en el anexo III.
Toda inversión inicial emprendida por la misma entidad beneficiaria (a nivel de grupo) en un período de tres años contado a partir de la fecha de inicio de los trabajos en otra inversión que recibe ayuda en la misma región de nivel 3 de la Nomenclatura Común de Unidades Territoriales Estadísticas se considerará parte de un proyecto de inversión único. Cuando tal proyecto de inversión único sea un gran proyecto de inversión, el importe total de la ayuda para el proyecto de inversión único no superará el importe ajustado de la ayuda para grandes proyectos de inversión, calculado con arreglo al mecanismo definido en el anexo III.
Por proyecto primario: Ningún proyecto primario de cualquier tipología de las anteriores podrá beneficiarse de más del 20% de la ayuda total a conceder bajo esta orden, esto es, ningún proyecto primario podrá percibir más de 595 millones de euros.
No se trata tanto de la CNAE de la empresa como de la actividad que va a realizar, si realmente proporciona un servicio a la industria del vehículo eléctrico y conectado podría participar, siempre que cumpliese con todos los requisitos establecidos en la Orden de Bases.
La responsabilidad solidaria se mantiene durante toda la vida del proyecto, hasta la completa devolución de los préstamos concedidos en el marco del proyecto tractor.
Durante la fase de solicitud, instrucción y ejecución, sólo tendrá acceso al expediente electrónico el Interlocutor con la Administración. Todos los trámites que se quieran realizar en estos periodos deberán hacerse a través de éste.
La justificación se presentará individualmente por parte de cada entidad y para cada proyecto primario.
Se podrán conceder siempre que se respeten los límites establecidos en el artículo 70 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y que no se comprometa el cumplimiento de los hitos establecidos por la Unión Europea en la Decisión de Ejecución del Consejo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español. Las fechas máximas se concretarán en la convocatoria.
Pueden formar parte de la misma y podrán recibir ayudas. El peso de su evaluación económica en la del proyecto tractor dependerá del préstamo que se proponga para ella.
Tal y como recoge el artículo 5 de la Orden de Bases, se entiende que el promotor industrial desarrolla una actividad de las correspondientes del Anexo I, si la propia entidad, o bien los accionistas o el equipo directivo tienen experiencia en producción industrial comparable en la actividad, en planta piloto o a escala experimental, desde al menos, un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. Para los proveedores de tecnología, la entidad tiene que haber desarrollado la actividad para la que solicita financiación desde, al menos, un periodo de dos años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.
Sí, una vez recibida la financiación, en cualquier momento, puede realizase una devolución voluntaria iniciando el correspondiente procedimiento mediante presentación de solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, accediendo a través del registro electrónico.
No. El único formato válido para las memorias es el formato .xsig generado con la aplicación @Autofirma .
La planificación debe respetar los 30 meses de ejecución previstos en la orden de bases. No obstante, podrán concederse prórrogas hasta un plazo máximo según lo indicado en la pregunta anterior.
Sí, siempre que cumpla con todos los requisitos establecidos en la Orden de Bases y, en casos de vinculación, se deberá tener autorización expresa del órgano gestor.
No, únicamente se tendrán en cuenta los fondos propios del último ejercicio cerrado. Las empresas de nueva creación no disponen de cuentas cerradas en 2020 ni en 2021. Tal como establece la orden de bases, el importe del préstamo no podrá superar en cinco veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado. Por lo tanto, estas empresas no podrán solicitar ayuda en forma de préstamo. Esto implica que no serán elegibles proyectos en los que se exija, en virtud del artículo 16.3 de la orden, un importe mínimo de préstamo.
Los costes de personal que se financian en los proyectos primarios se consideran de la misma forma para entidades públicas o privadas, la Orden ICT/1466/2021 no establece ninguna diferenciación al respecto.
El modelo de memoria debe ceñirse al formato que se determina en la orden de convocatoria para cada tipología de proyecto. No obstante, en el caso de que la memoria aportada para algún proyecto primario o tractor no se correspondiera con el modelo indicado en la orden de convocatoria, al tratarse de un proceso en régimen de concurrencia competitiva, se valorará en la evaluación la información aportada en la memoria presentada.
Pueden ser beneficiarios siempre que cumplan con todos los requisitos recogidos en el artículo 5 de la Orden de Bases. La concesión se realizará según el tipo de empresa y tamaño, de acuerdo con la definición de PYME recogida en el Anexo I del Reglamento(UE) nº 651/2014 de la Comisión, para lo que se entiende por empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que lleva a cabo una actividad económica.
En el acuerdo de agrupación se designa a la entidad que desempeñará el rol de interlocutor. La persona que represente a este interlocutor deberá estar designada y apoderada, bien por cada miembro de la agrupación o bien por el interlocutor, según se establezca en el propio acuerdo.
En general, no se podrán considerar PYMES las empresas de propiedad pública.
No obstante, atendiendo a la definición de PYME recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) n °651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, una empresa no tendrá la consideración de PYME si el 25 % o más de su capital o de sus derechos de voto están controlados, directa o indirectamente, por uno o más organismos públicos, conjunta o individualmente. El motivo que justifica esta disposición es que la titularidad pública puede suponer determinadas ventajas a las empresas (en especial de carácter financiero) sobre otras empresas financiadas exclusivamente con capital privado. Además, a menudo no es posible calcular las cifras de personal ni los datos financieros de los organismos públicos.
Esta regla no aplica a determinados tipos de inversores, como las universidades o centros de investigación sin fines lucrativos, o las autoridades locales autónomas (artículo 3, apartado 2, letras a) a d)], que tengan la consideración de organismos públicos en virtud de la legislación nacional. La participación total de esos inversores en una empresa puede suponer hasta un 50 % de los derechos de voto de la empresa. Por encima de dicho umbral, la empresa no puede ser considerada una pyme.
Por tanto, las entidades cuyo capital esté controlado al 100 % por organismo públicos (directa o indirectamente), en ningún caso pueden ser consideradas PYME.
Al tratarse de un poder especial, deberá estar autorizado ante notario, pero no será necesario que esté inscrito en registro
Sí, la valoración de si una empresa está en crisis o no se debe hacer a nivel de grupo. Es decir, si una empresa individualmente estuviera en crisis, pero el grupo del que forma parte no, sería elegible.
En proyectos de creación de una nueva actividad económica, lo que se permite es el inicio de una nueva actividad en un establecimiento en el que la compañía debe llevar como mínimo 2 años o la creación de un establecimiento al que no se haya trasladado a fecha de solicitud.
Cuando se trate de una nueva actividad en un establecimiento existente se deberá justificar que la actividad integra al menos una línea de producción completa destinada a la diversificación de la producción en el establecimiento considerado; y que el código CNAE con cuatro dígitos de la actividad a desarrollar es diferente de la actividad actual que se venía desarrollando en dicho centro de producción.
Gracias por sus comentarios.