Concesión

Trámites Posteriores Concesión: Declaración doble financiación

La Orden ICT/736/2023, de 5 de julio (BOE n° 161, de 7 de julio de 2023), modificada por la Orden ICT/791/2023, de 13 de julio (BOE n° 168, de 15 de julio de 2023), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia estipula en la letra g) de su artículo 9, Obligaciones de los beneficiarios, que éstos tienen la obligación de adoptar medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.

Para ejercer dicha obligación, deberán emplear el modelo de Declaración responsable (solidaria o mancomunada, según se estipule en la acreditación válida del poder del firmante remitida al órgano gestor) disponible en esta misma web, y que deberá ser firmado electrónicamente por un representante de la entidad con poder suficiente y posteriormente remitido a través de Registro electrónico. Del mismo modo, deberán cumplimentar el documento Excel denominado Plantilla doble financiación, donde deberán declarar los conceptos aprobados en otras ayudas que incurren en una doble financiación con los aprobados por el Ministerio de Industria y Turismo.

Modelos de documentos

Declaración responsable doble financiación solidaria (actualizado: 17/03/2026) [DOCX] [560 KB]

Declaración responsable doble financiación mancomunada (actualizado: 17/03/2026) [DOCX] [560 KB]

Plantilla doble financiación (actualizado: 17/03/2026) [XLSX] [73 KB]