Organismos de investigación y difusión de conocimientos públicos y privados en la categoría de Universidades y Centros de Investigación. Los proyectos financiados serán ejecutados por equipos de investigación dirigidos por uno o dos Investigadores Principales (IP).
Si, estas ayudas están destinadas tanto a Organismos de investigación y difusión de conocimientos públicos como privados.
Para poder presentarse debes tener el doctorado o en el caso de que el solicitante sea un Centro Tecnológico o un Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica de los descritos en el artículo 5, también podrán ser IP los investigadores que estén en posesión de la titulación universitaria de licenciado, ingeniero, arquitecto o graduado y que acrediten experiencia en actividades de I+D+i durante al menos cinco años o que, alternativamente, hayan dirigido proyectos de I+D+i de tipo B, descritos en el artículo 8, del Plan Nacional de I+D+i 2008-2011 o de los planes estatales de I+D+i 2013-2016 o 2017-2020.
Tal y como se refleja en la Orden de bases, el Investigador principal solo puede figurar como IP en una solicitud de esta convocatoria.
No hay incompatibilidad si participa en otros proyectos que hayan obtenido financiación de convocatorias del VII Programa Marco de I+D+i, de los Programas Marco de I+D+i Horizonte 2020 y Horizonte Europa o de iniciativas de Programación Conjunta del Espacio Europeo de Investigación, de los Planes Regionales de I+D+i de las comunidades autónomas, o de cualquier otra convocatoria, siempre y cuando se respete el límite máximo de horas/año para cada categoría profesional establecido en el convenio laboral o equivalente de la entidad del IP.
Puede participar en dos proyectos de esta convocatoria, respetando el límite máximo de horas/año de cada categoría profesional establecidos en el convenio laboral o equivalente.
Si participa en un proyecto de otra convocatoria solo puede presentarse en una solicitud de este programa. Respetando el límite máximo de horas/año de cada categoría profesional establecidos en el convenio laboral o equivalente
Si participa en varios proyectos de otras convocatorias no pueden presentarse a este programa de ayudas.
06 de junio 2022.
Tienes como máximo hasta el 31/12/2023
Desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE (04/05/22) hasta el 31/12/2023.
Si, podrán subcontratarse las actuaciones objeto de la ayuda respetando los requisitos y prohibiciones establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 68 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 22 de julio.
La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50 por ciento del presupuesto financiable.
Tal y como se indica en el punto 9 del artículo 15, en caso de subcontratar parte o la totalidad de la actividad se deberá garantizar que también concurran los requisitos exigibles a los beneficiarios en relación con su naturaleza de organismo de investigación y difusión de conocimientos, así como la realización de actividades de naturaleza no económica.
Si el CVN tiene todos los campos y conceptos como el que viene reflejado en los anexos pueden presentarlo
La Secretaria de Estado debe tener acceso libre a esas patentes o derechos de propiedad intelectual, pero que dicha propiedad pertenecería a las universidades o investigadores.
Si, es obligatorio presentar en el momento de la justificación un informe de auditoría realizado por una auditora externa inscrita en el ROAC.
Es necesario incluir estos logos:
Tal y como se establece en la OB a cada miembro de la agrupación se le abonará el importe de la subvención que le corresponda, para ello deberán aportar la documentación correspondiente.
La subcontratación está permitida con los límites cuantitativos fijados en la Orden y sin que, con carácter general, exista una limitación a la subcontratación fuera de la UE. Sin embargo, la subcontratación no exime del cumplimiento de las obligaciones que tienen los beneficiarios, por lo que el empleo debería crearse en España y las empresas proveedoras de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software deben estar ubicadas en la UE.
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