• Dana
  • 2025/1/21

Jaurlaritzak onartu egin du FAIIP DANA ditu 650 M €+ mekanismo BERRABIARAZI

Ministro kontseilua

Deialdi honen helburua finantza-laguntza ematea berri horiek ibertsioak egiteko gaitasunari eustea, industria- eta industria-jarduerek eragindako guneak edo DANA elkartzeko.

Emango dira maileguak% 0ko interesarekin eta 10 urte bitarteko epean itzuliko da, 3 urte gabezia.

Maileguaren zenbatekoa izanen da gutxienez 200.000 euro eta, gehienez 40 milioi euro dira. Aurreikusten da ere enpresa handien maileguak ematea diren establezimendu berri bat sortzea, eta jarduera ekonomiko berri bat.

Laguntzak emateko epea izango da izaera orokorrez, 2028 azaroaren 30era arte. Eskabideak bitartez egin behar dira plataforma FAIIP SEPIDES arabera kudeatzen den.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el desarrollo del mecanismo para la financiación de empresas en zonas afectadas por la DANA a través del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP).

Mediante el mecanismo REINICIA+ FAIPP DANA, dotado con 650 millones de euros, se concederán préstamos destinados a la inversión en activos para la creación de nuevos establecimientos, ampliación de establecimientos existentes, diversificación de la producción, transformación del proceso de producción y adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que hubiera cerrado de no haber sido adquirido.

Los préstamos se concederán a un 0% de interés y el plazo de devolución será de hasta 10 años, con 3 años de carencia. El importe del préstamo podrá oscilar desde los 200.000 euros y un máximo de 40 millones de euros. El plazo de concesión de las ayudas será, con carácter general, hasta el 30 de noviembre de 2028. Las solicitudes se presentarán a través de la plataforma del FAIIP, gestionada por SEPIDES.

Las líneas de actuación financiables son las siguientes:

Línea para PYME: inversiones que supongan la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción, una transformación fundamental del proceso de producción, o la adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido.

Línea para grandes empresas que vayan a crear un nuevo establecimiento que cree una nueva actividad económica en la zona.

Línea para grandes empresas presentes en las zonas afectadas con daños: inversiones que supongan la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento, una transformación fundamental del proceso, o la adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido, siempre y cuando no pertenezca al mismo grupo empresarial.

Conceptos de inversión y gasto financiables

Activos fijos de carácter material: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción o al proceso productivo, excluidos los elementos de transporte exterior y terrenos.

Estos activos constituirán, al menos, el 50% de los costes de inversión considerados. La totalidad de la inversión se considera financiable.

Activos fijos de carácter intangible: software específico vinculado al proceso productivo; patentes, licencias, marcas y similares; I+D, así como colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos. Estos activos se utilizarán exclusivamente en el establecimiento beneficiario, serán amortizables, se adquirirán en condiciones de mercado y estarán incluidos en los activos de la empresa durante al menos tres años o cinco años en el caso de grandes empresas. La totalidad se considera financiable.

En el caso de adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido, solo se tendrán en cuenta, en principio, los costes de adquisición de activos a terceros no relacionados con el comprador.

Se considera financiable el coste derivado de la reparación de los daños sufridos por los equipos y el lucro cesante por la suspensión de la actividad (máximo 6 meses).

En la línea para pyme, el importe del préstamo podrá alcanzar hasta el 75% del gasto financiable, siempre que la subvención bruta equivalente no supere los 12,38 millones de euros y la intensidad de la ayuda no supere el 35% en pequeñas empresas y el 25% en medianas empresas.

Para el caso de la línea de grandes empresas que creen un nuevo establecimiento, las condiciones son las mismas, salvo la intensidad de la ayuda, que tiene un máximo del 15%.

En la línea para grandes empresas presentes en zonas afectadas con daños: el importe nominal del préstamo podrá alcanzar el 100% de la suma de los conceptos de inversión considerados con el límite del gasto financiable.